El Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación “A” 6944 24/3/2020, mediante la cual formula adecuaciones a la “A” 6942. La misma fue dirigida a las entidades financieras, cámaras electrónicas de compensación, empresas administradoras de redes de cajeros automáticos, transportadoras de valores e infraestructuras del mercado financiero.
En primero término indica que las entidades deberán “continuar prestando los servicios que usualmente prestan en forma remota, como ser constitución de plazos fijos, otorgamiento de financiaciones y los servicios relacionados con el sistema de pago; y acreditaciones de depósitos en efectivo por cajeros automáticos, terminales de autoservicio, empresas transportadoras de caudales, buzones de depósito y por los medios pactados cuando se trate de depósitos en efectivo por montos mayores efectuados por clientes comprendidos en los incisos 11, 18 y 23 del artículo 6° del Decreto N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional”.
Dispone también que entre los días 20 y 25 de marzo inclusive “no habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 26 de marzo. Este lapso de días no computará para el vencimiento del plazo de 30 días para la presentación de los cheques”.
Finalmente señala que “las entidades financieras deberán adoptar estrictas medidas de seguridad e higiene en protección de la salud del personal afectado a las tareas con presencia en los lugares de trabajo, incluyendo la provisión de materiales de seguridad e higiene recomendados por el ministerio de Salud de la Nación”.