El Gobierno Nacional a través de la Decisión Administrativa 450/2020, amplió el listado de actividades y servicios considerados esenciales, con el objetivo de mitigar los efectos económicos del aislamiento social obligatorio
Se trata de actividades vinculadas a la construcción, minería, fabricación de maquinaria agrícola, comercio exterior, mutuales y cooperativas de crédito, entre otras.
El personal deberá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Coronavirus Covid-19.
A continuación, las 8 nuevas actividades y servicios declarados esenciales en la cuarentena por la pandemia de Covid-19:
-Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
-Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
-Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
-Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
-Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
-Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
-Inscripción, identificación y documentación de personas.