La subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante anunció la restitución de tierras, al revocar la disposición dictada por la gestión de Cambiemos en 2016. La misma ordenaba a la Administración General de Puertos (AGP), reducir la superficie del llamado Puerto Nuevo.
Dicha norma, desafectaba del ámbito portuario la tercera parte de sus tierras, entre las que se encontraban áreas como la parrilla ferroviaria enfrente a Catalinas, en Retiro.
La Disposición 97/2016, fue derogada, entre otros motivos, por “irregular”. De este modo desbarata la iniciativa tendiente a desarrollar en esa zona un millonario emprendimiento inmobiliario.
La norma habilitaba la venta de 230 hectáreas para el desarrollo de proyectos inmobiliarios. Contemplaba un 30% de la superficie total de Puerto Nuevo, donde opera el 56% del movimiento internacional de contenedores de importación y exportación del país.
Rechazo generalizado
La decisión generó rechazo en varias organizaciones vinculadas a las actividades portuarias que, en el 2019 presentaron un amparo ante la Justicia. El mismo se realizó, por entender que la desafectación de tierras portuarias “del Estado Nacional” para fines ajenos, debe ser efectuada sólo por una Ley del Congreso.
Recordaban, además, que el territorio, infraestructura e instalaciones del Puerto Buenos Aires sólo pueden afectarse a actividades portuarias. Advertían que el cambio de límites erosiona la eficiencia de la zona y la posibilidad de competir frente a otros puertos.
La presentación judicial también señalaba que la Disposición 97 ponía en jaque a 30 empresas permisionarias, y a sus trabajadores, que ocupan los espacios que se pretendían desafectar.
Con la nueva Disposición, el organismo que depende del ministerio de Transporte dejó sin efecto los alcances de la norma de 2018.Varios informes de la AGP indicaron que la transferencia de los inmuebles involucrados; el cambio de la condición jurídica y la desafectación de bienes propiedad del Estado Nacional se habrían llevado a cabo “de forma subrepticia y manifiestamente irregular“.
Un largo camino legal para llograr la restitución de tierras
El reporte consideró que la medida de la ex subsecretaría de Puertos y Vías Navegables “revela vicios groseros, graves y ostensibles en todos los elementos constitutivos. Correspondiendo disponer su revocación por contrario imperio, en resguardo de la legalidad objetiva y el principio de juridicidad del obrar estatal”.
En otro dictamen, del 5 de abril del 2021, el organismo ratificó su opinión. Por ello consideró que los aludidos vicios tornan nula de nulidad absoluta la Disposición N° 97/16. “Verificándose además la vulneración de normas de jerarquía constitucional, y actos subsecuentes que sustrajeron inmuebles del dominio público. Por lo expuesto se imposibilita a dicha Sociedad del Estado continuar con la explotación de los mismos, de conformidad con su Estatuto”.