El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó una nueva comunicación sobre el concepto de pago de servicios, específicamente en relación con los fletes internacionales para importaciones y exportaciones.
Según esta comunicación, que entra en vigor a partir de hoy, se elimina el código S02 y se sustituye por dos códigos distintos: S30 para los servicios de fletes en operaciones de importación de bienes, y S31 para los servicios de fletes en operaciones de exportación de bienes.
La introducción de estos nuevos códigos plantea diversas interrogantes e incertidumbres en cuanto al trámite del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas de Servicios del Exterior (SIRASE) . Según lo establecido en la Resolución General Nº 5271, a menos que se excluya expresamente un servicio, se debe tramitar el permiso correspondiente. No obstante, la normativa no aclara qué ocurrirá con el trámite de la SIRASE en esta situación.
Surge otra cuestión relacionada con el estacionamiento de 90 días, sobre la cual la normativa no brinda una respuesta clara. Pese a eliminar el código S02, los bancos ya aclararon que van a requerir SIRASE. No obstante, al mismo tiempo se introducen dos nuevos códigos, lo cual genera contradicciones y ambigüedades en la normativa. Es probable que sea necesario esperar a que el Banco Central brinde aclaraciones adicionales al respecto.
En cuanto a las operaciones pendientes, la normativa tampoco especifica claramente su tratamiento. Aunque se menciona que los nuevos códigos entrarán en vigor el 12 de junio, no se indica qué sucederá con las operaciones que ya han iniciado el trámite de la SIRASE y cuyo servicio ya ha sido prestado.
Fletes internacionales sigue la incertidumbre
La división en dos códigos distintos puede interpretarse como un posible trato diferenciado, es decir, podrían establecerse condiciones especiales para el pago de fletes relacionados con importaciones, distintas de las que se aplicarían a las exportaciones.
Esta división estaría en consonancia con los rumores acerca de la eventual imposición de un nuevo impuesto del 30% sobre el pago de servicios al exterior, posiblemente mediante el Impuesto a las Ganancias y basado en el tipo de cambio utilizado. De confirmarse, esto tendría un impacto significativo en la estructura de costos de las operaciones.
Sin embargo, son pocas las probabilidades de que se observen cambios inmediatos, ya que los bancos deberán consultar al BCRA para comprender plenamente el alcance de la nueva normativa.