La medida, que se oficializará a través del Boletín Oficial con la publicación de la resolución 625/2022, involucra al tramo bajo jurisdicción argentina comprendido desde el km. 584 del río Paraná, exterior de acceso al Puerto de Santa Fe, hasta la altura del km. 1238 del río Paraná denominado Confluencia, por el cual circulan embarcaciones de diferentes banderas, producciones regionales e internacionales que hasta la fecha no realizaban aporte alguno por los servicios prestados.
Esta iniciativa permite establecer un mecanismo de reinversión en la traza por donde circulan 20 mil barcazas por año aproximadamente, con cargas regionales e internacionales, principalmente agrícolas, combustibles líquidos, minerales, entre otros.
Se trata de una medida impulsada por el gobierno nacional con el objetivo de potenciar un sistema de transporte multimodal articulado, autosustentable y sostenible, que disminuya los costos logísticos y los tiempos, evaluando e incrementando la competitividad en puertos y vías navegables para conectar a las regiones productivas de Argentina, y su seguridad.
Cabe mencionar que, actualmente, la Administración General de Puertos (AGP) tiene a su cargo la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado de la Vía Navegable Troncal, y aplica la base tarifaria del peaje.
Asimismo, AGP ha informado que este tramo en particular requiere de inversiones para su modernización tecnológica integral, que han sido sucesivamente diferidas -lo que consecuentemente limita el tráfico nocturno y la previsibilidad en los calados navegables.
Por este motivo, el gobierno nacional, ha planteado esta medida a los fines de garantizar la navegabilidad por este tramo, del sistema de señalización y el control hidrológico de la Vía Navegable Troncal, estableciendo el cobro de un peaje a los usuarios que naveguen por dicho tramo.
Para este fin, AGP ha realizado un Estudio de Tráfico y Costos Operativos a partir de la información de tráfico proporcionada por Prefectura Naval Argentina, de las inversiones y costos suministrados por la Gerencia de Infraestructura y Planificación de la AGP, y el Informe que sobre la Vía Navegable Troncal ha producido la CEPAL de la ONU, entre otros, concluyendo que la tarifa internacional resultante debería ser de 1,47 dólares por tonelada de registro neto. Este peaje, es su carácter de concesionario, será percibido por la AGP.
Por otro lado, en dicha resolución, el Ministerio de Transporte instruye a la AGP a efectuar el llamado a instancia de participación ciudadana para que todas las personas y usuarios puedan expresar opiniones y consultas en cuanto a las tarifas del peaje en la Vía Navegable Troncal.
Vale recordar que la vía navegable troncal es una ruta fluvial de 1.477 km de extensión que permite la salida hacia el océano a distintos tipos de embarcaciones de carga. Su traza se encuentra expresada parcialmente en los ríos Paraná, Paraná de las Palmas, y Río de la Plata, constituyendo un cauce de salida de aproximadamente del 80% de la exportación nacional. El 1 de julio del 2021, y tras 26 años de concesión a una firma privada, el gobierno nacional concedió temporalmente a la AGP, la administración, mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado.
La resolución establecida por el ministro Guerrera, fue acompañada por el secretario de Transporte de la Nación, Diego Giuliano; el secretario de Planificación de Transporte, Gastón Jaques; la subsecretaria de Planificación y Coordinación del Ministerio de Transporte, Micaela Morán; la directora Nacional de Control de Puertos y Vías Navegables, Nuri Sánchez Edorna; y el interventor de la AGP; José Beni.