El Gobierno que encabeza Alberto Fernández publicó en el Boletín Oficial el decreto 230/2020, en el que formalizó el aumento de los derechos de exportación para la soja del 30% al 33%, y también la reducción para cultivos relacionados con las economías regionales.
El texto insiste en que es fundamental “establecer políticas inclusivas de la actividad exportadora de las economías regionales que mejoren su desempeño y que incrementen la competitividad de la exportación de bienes y servicios a medida que mayor sea su valor agregado”.
Asimismo, afirma que es necesario mejorar los ingresos fiscales debido al contexto económico de endeudamiento, alta inflación, recesión creciente, desempleo generalizado y emergencia alimentaria.
En ese sentido, el texto indica que es necesario “modificar transitoriamente las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que forman parte de la cadena agroalimentaria”.
También remarca que el artículo 52 de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar los límites allí previstos”.
Puntualmente, las retenciones a la soja suben de 30% a 33%, pero las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; para el maní, de 12% a 7%; para la harina de trigo, de 9% a 7%; y para el girasol, de 12% a 7%, aunque para girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.
También bajan los derechos de exportación al maíz pisingallo, que se usa para pochoclo, de 9% a 5%; al arroz paddy, de 12% a 6%; y al arroz pulido, de 9% a 5%.
El Gobierno estableció un esquema que consiste en destinar una parte de la recaudación adicional a la compensación de tres de cada cuatro productores de soja, siempre que su producción no haya superado las 1.000 toneladas en la campaña anterior.
Según datos oficiales, los productores beneficiados serían 42.406 que representan el 74,2% del total. Mientras que los 14.884 productores, de más de 1.000 toneladas no recibirán ninguna compensación.
Con esta medida, quienes producen hasta 100 toneladas tributarán una retención del 21%; entre 100 y 200, el 24%; entre 201 y 300, el 27%; entre 301 y 400, el 28%; entre 401 y 500, 29%; y entre 501 y 1.000 toneladas, 30%.