Con el objetivo de simplificar el sistema que permite a las empresas inscribirse y recategorizarse en el Registro PyME, se prorroga en forma excepcional y por única vez la vigencia de los Certificados PyME que vencen en abril hasta el último día del mes de mayo.
La herramienta que puso a disposición la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo le permite a las micro, pequeñas y medianas empresas acreditar su condición ante distintas entidades a fin de solicitar beneficios o adherir a programas que permitan aumentar su productividad y mejorar su competitividad.
A través de la Resolución 212/2019, se determina que en esta oportunidad, y en función de las modificaciones que se están realizado en los sistemas, resulta necesario extender por única vez la vigencia de los certificados PyME con vencimiento en abril. De esta forma, la renovación de dichos certificados podrá iniciarse a partir del primer día de mayo.
Esta situación impacta sobre aquellas MiPyMEs cuyo ejercicio fiscal haya cerrado en diciembre de 2018.
En el caso de las MiPyMEs que quieran inscribirse por primera vez, lo podrán hacer a partir del 16 de abril, accediendo a los beneficios impositivos en forma retroactiva al primer día del mes en que obtengan el certificado.