A través de un Oficio Electrónico Judicial del 28 de Julio, el Juzgado Civil y Comercial Federal Feria CCF 10101/2023. ordenó la Interdicción de Navegación a los remolcadores HB PHOENIX de bandera boliviana y HB GRUS de bandera paraguaya. hasta la cancelación de deuda en concepto de pago de peaje impuesto por la Administración General de Puertos (AGP) de Argentina.
De acuerdo a la información, ambas naves estaban cargadas con mercancías de origen brasilero y pertenecen a la naviera de capital brasileño Hidrovías do Brasil, se encuentran en el puerto de San Lorenzo, provincia de Santa Fe.
De esta manera queda oficialmente registrado el primer caso en toda la historia, en el que un gobierno miembro del acuerdo de la Hidrovía Paraná-Paraguay viola abiertamente, radicalmente e irrespeta todos los acuerdos de libre Navegación entre la República del Paraguay y la República Argentina, al igual que los acuerdos dentro del Comité Intergubernamental de la Hidrovía. Incluso, sin considerar que el hecho se encuentra en estudio debido a que Argentina no tuvo la capacidad de demostrar los trabajos realizados en el tramo Santa Fe- Confluencia que le habilite al cobro de un peaje por algún servicio prestado.
Interdicción de navegación, notificación y embargo
La Prefectura Naval Argentina (PNA) procedió a dar cumplimiento al oficio a través de la siguiente notificación oficial.
“Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el marco de los autos caratulados ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SE c/ CAP Y/O ARM Y/O PROP BQ HG PHOENIX s/ EMBARGO DE BUQUE / INTERDICCION DE NAVEGAR Expte. N° 10101/2023 en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Feria, a cargo del Dr. José Luis Cassinerio, sito en Libertad 731, 5to piso, CABA”.
El texto agrega que el mismo fue trasladado “a fin de comunicarle la medida trabada en autos, respecto del embargo e interdicción de salida del buque remolcador de bandera extranjera “HB GRUS”, de bandera paraguaya, hasta cubrir la suma de US$ 4.232,13. con más el 30% de dicho importe, que se fija provisionalmente para responder a intereses y costas, siempre que no se encuentre cargado y listo para zarpar (art.541, inc. “c” de la ley 20.094)”.
Detenidos
La notificación considera que es posible que no regresen a aguas jurisdiccionales o bien lo hagan muy esporádicamente, lo que generaría tornar ilusorio el cobro de la deuda reclamada. En consecuencia, “atento las aclaraciones y solicitudes efectuadas mediante los escritos presentados los días 26 y 27 de julio del corriente, en cuanto al monto y buque por el que la actora pretende la traba de la medida, bajo responsabilidad de la peticionaria”.
Refiere que “dicho importe, que se fija provisionalmente para responder a intereses y costas, siempre que no se encuentre cargado y listo para zarpar (art. 541, inc. “c” de la ley 20.094). A los fines indicados, una vez firme o consentida la presente y a pedido de parte, líbrese oficio por secretaría, a la Prefectura Naval Argentina – Secretaría General, Mesa de Entradas, a través del sistema DEOX -con habilitación de días y horas inhábiles”.
De esta manera, los remolcadores HB-PHOENIX que lleva el pabellón del estado Plurinacional de Bolivia y el HB-GRUS, portando bandera de Paraguay, queda detenidos por orden explícita de la justicia de la República Argentina.