La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) cursó dos notas a autoridades competentes a fin de modificar normativas que afectan al sector en relación a la operación con tarjetas y a los saldos a favor generados a partir del pago de impuestos sobre los ingresos brutos.
En primer lugar, la entidad manifestó su preocupación en torno a la problemática que supone para los comercios las operaciones con tarjetas de crédito y débito. Precisamente se refiere a las comisiones, los tiempos de acreditación y los plazos vigentes para la implementación de la nueva normativa que establece que los comercios deberán poner a disposición una terminal de pago inalámbrica a la vista del cliente.
En cuanto a las comisiones, la CAC señaló que “a la fecha no se tiene conocimiento de cuáles serán las nuevas comisiones que cobrarán las tarjetas de crédito y débito. Pero es evidente que cualquier aumento significará un incremento de costo para todos los comercios y demás empresas que operan en el país con este medio de pago, con su probable efecto sobre los precios”.
Acreditación
En lo que respecta a los tiempos de acreditación, la CAC advirtió que en Argentina “en el caso de compras con tarjetas de crédito en un pago, el plazo de acreditación general es de 18 días hábiles (si bien para micro y pequeñas empresas y personas humanas el plazo se redujo a 8 días hábiles y para medianas empresas de determinados sectores el plazo es de 10 días hábiles)”.
Para en el caso de las compras con tarjeta de débito “el plazo de acreditación para los comercios en Argentina es de 48 a 72 horas hábiles (según día de la operación), es decir de 2 a 5 días corridos”.
Por último, en relación a la nueva normativa, la entidad pidió que “a los efectos de lograr la plena aplicación del POS, resulta adecuado, a nuestro criterio, extender el plazo para su obligatoriedad en 180 días, para facilitar a las micro PyMEs su instalación, dada la situación económica”.
Adhesión al SURA
En segundo lugar, la Cámara envió una nota a los ministros de Economía de las 23 provincias y CABA a fin de solicitarles que en todas las jurisdicciones adhieran al Sistema Único de Recaudación Anticipada (SURA).
Esto fue sugerido por la Comisión Arbitral, a fin de limitar la generación de saldos a favor de los contribuyentes a través de la puesta en marcha del mencionado régimen unificado de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.
En tal sentido, señaló que “dichos regímenes de recaudación aportan gran parte de la complejidad del sistema tributario, del costo de administración para los contribuyentes y desalientan la formalización de la economía ante los costos derivados de los saldos a favor de los contribuyentes que se generan”.