El secretario de Comercio, Augusto Costa, resaltó que el dictamen de mayoría que obtuvo ayer en el Senado el paquete de leyes destinado a proteger a usuarios y consumidores “es el resultado de un trabajo mancomunado” con los distintos sectores involucrados en las normas.
En ese sentido, destacó que a través del diálogo se pudieron “consensuar” las iniciativas promovidas por el Poder Ejecutivo.
De esta forma, el funcionario nacional celebró el resultado de la reunión que, con algunos cambios, dio luz verde para debatir la semana próxima en el recinto de la Cámara alta los proyectos oficiales que proponen la modificación de la Ley de Abastecimiento, la creación de un Observatorio de Precios y de un Fuero Judicial para agilizar los reclamos de consumidores.
“El Congreso de la Nación es lugar por excelencia para el debate y hoy (por ayer) hemos demostrado que, como dijimos desde el día que se presentaron las leyes, sólo queremos darle herramientas a los ciudadanos para que puedan defenderse ante los abusos”, resaltó Costa.
Entre las principales modificaciones dispuestas, a partir de observaciones de representantes empresariales, se establece la dirección del local donde se produjo la relación de consumo como jurisdicción para la resolución de los conflictos y no el domicilio del usuario y/o consumidor.
Asimismo, en la iniciativa para la creación del Observatorio de Precios se incorporan como miembros del futuro organismo a representantes de reparticiones públicas y asociaciones empresariales locales y provinciales, además de las asociaciones de consumidores.
En cuanto a la modificaciones de la Ley de Abastecimiento, se eliminan del alcance de la nueva legislación, a pedido de las pymes, a las micro, pequeñas y a medianas empresas, aunque con la salvedad de que las medianas “no deben detentar una posición dominante” en el mercado.
Por otra parte, en respuesta a los pedidos de las grandes corporaciones empresarias, se tipificaron los casos frente a los cuales la autoridad de aplicación podrá ejercer sus facultades.
Anteriormente el proyecto presentado por el Gobierno decía que la ley podía aplicarse “en caso de que sea estrictamente necesario”, mientras que ahora se explicitan como motivos el aumento infundado de precios, revaluación de existencias, acaparamiento de mercadería, destrucción de mercaderías, reducción sin causa de la producción habitual, negativa injustificada de venta o prestación de servicio, desvío injustificado de provisión de bienes en una zona o región.
También se especificó que la sanción de clausura temporaria para quienes incumplan con la ley debe contar con “autorización judicial”, y se eliminó como sanción la “clausura definitiva”.