¿Se viene el Régimen de Incentivos para Medianas Inversiones?

La iniciativa apunta a zanjar la desventaja en que quedaron las PyMEs ante la sanción del RIGI.| Por Ramiro Montes.

30 enero, 2025

El proyecto de “Ley de Promoción de Inversiones y Empleo” ha ingresado a la Cámara de Diputados y fue girado a las comisiones de Legislación General, Legislación Del Trabajo y, Presupuesto y Hacienda.

La iniciativa está orientada a promover las inversiones y el empleo a través de diversas medidas de incentivo y se prevé que sea tratado durante las sesiones ordinarias del presente año. El proyecto consta de cinco Títulos, referidos principalmente a modernización laboral, incentivo al empleo y fomento a la producción y a la productividad.

Específicamente el Titulo III en su capítulo I hace referencia al fomento de las inversiones productivas y establece la creación de RIMI “Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones”, una especie de RIGI pero orientado a PyMEs.

Del mismo podrán ser beneficiarias las personas jurídicas radicadas en Argentina, que realicen inversiones productivas durante los dos primeros años de vigencia de régimen.

Básicamente se entiende por inversiones productivas aquellas que se realicen en bienes de capital, tangibles e intangibles, inmuebles y obras de infraestructura. También se consideran inversiones productivas a la adquisición de toros reproductores, así como las hembras, cuando fuesen de genética superior. En este último caso, refiere a los animales de pedigree o con algún registro o sistema de control de Asociaciones de Raza.

A destacar es que los bienes de capital incluidos en este régimen, deberán revestir la calidad de amortizables para el impuesto a las ganancias.

Respecto del monto mínimo de la inversión para acceder a los beneficios previstos en el proyecto, se establecen diferentes escalas, a saber: para las Micro empresas la suma debe superar los US$ 150.000; para las Pequeñas empresas la suma debe superar los US$ 600.000; para las Medianas empresas TRAMO 1, la suma debe superar los US$ 3.500.000; para las Medianas empresas TRAMO 2, la suma debe superar los US$ 9.000.000 y para el resto de las empresas, la suma debe superar los US$ 30.000.000.

Es importante aclarar que el cumplimiento de los umbrales de inversión mencionadas anteriormente se renovarán anualmente.

Otro aspecto interesante a remarcar del proyecto es que las inversiones efectuadas en sistemas de riegos, eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes, quedarán alcanzados por los beneficios independientemente del monto de la inversión.

En cuanto a los beneficios los sujetos comprendidos en el RIMI podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones previstas en la ley de Impuesto a las Ganancias, a partir de periodo fiscal de afectación del bien de forma acelerada según el tipo de bien previsto en la inversión.

Otro de los beneficios previstos en el régimen es la devolución anticipada del IVA, es decir los créditos fiscales originados en las inversiones productivas realizadas durante los dos primeros años desde la entrada en vigencia de la ley, y que luego de transcurridos tres (3) periodos fiscales consecutivos, contados a partir de aquel en que resulto procedente su computo, conformaren saldo a favor del responsable, les serán devueltos.

El beneficio será acreditado contra otros impuestos cuya recaudación se encuentra a cargo de la ARCA o bien podrá solicitarse su devolución o transferirlos, por única vez, a terceros.

Los objetivos principales del RIMI son: incentivar las medianas inversiones nacionales y extranjeras en el país, promover el desarrollo económico, fortalecer la competitividad de los diversos sectores, incrementar las exportaciones y favorecer la creación de empleo.

El ingreso del proyecto de “Ley de Promoción de Inversiones y Empleo” en la Cámara de Diputados y específicamente la creación del RIMI de alguna manera esta zanjando la desventaja en que quedaron las pequeñas y medianas empresas ante la sanción del RIGI “Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones” destinado a grandes empresas.

Por lo cual de aprobarse este proyecto de ley generaría en el sector PyME un incentivo para llevar adelante inversiones promoviendo la producción, las exportaciones, la generación de empleo y el desarrollo económico del interior productivo y del país en general.

Por Ramiro Montes. Contador Público, Magister en Adm. de Empresas y Miembro de la AEEF.

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